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domingo, 24 de abril de 2011

Derechos del usuario de la sanidad pública

Todas las personas gozan de derechos con respecto a las distintas administraciones públicas y sanitarias; y estos derechos son:

1º - Respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad; sin poder ser discriminado por motivos raciales, sociales, morales, sexuales, económicos, ideológicos, políticos o sindicales.
2º - Derecho de información de los servicios sanitarios a los que puede acceder y requisitos necesarios para su uso.
3º - Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su caso particular y con su estancia en instituciones públicas o privadas que colaboren con el sistema público.
4º - Derecho a ser advertidos si los procedimientos de diagnóstico y terapéuticos aplicados son utilizados con motivo docente o de investigación; y con la certeza de que en ningún caso podrá provocar un peligro mayor para la salud del paciente. En todo caso, será imprescindible la previa autorización por escrito del paciente y la aceptación por parte del médico y la dirección del correspondiente centro sanitario.
5º - Derecho a la información sobre su proceso en términos comprensibles (tanto al paciente como a sus familiares o allegados) completa y continuada, verbal y escrita, incluyendo pronóstico, diagnóstico y alternativas al tratamiento.
6º - Derecho a la libre elección de las opciones que le presente el responsable de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención; excepto en los siguientes casos:
   a) Cuando la "no intervención" suponga un riesgo para la salud pública.
   b) Cuando no esté capacitado para tomar decisiones; en cuyo caso corresponderá a sus familiares o allegados.
   c) Cuando la urgencia no permita demora por la posibilidad de que surjan lesiones irreversibles o  por la existencia de peligro de muerte.
7º - Derecho a que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer al paciente y que será su interlocutor principal con el equipo asistencial y, en cuya ausencia, otro facultativo asumirá su responsabilidad.
8º - Derecho a que se le extienda un certificado acreditativo de su estado de salud, cuando su exigencia se establezca por disposición legal o reglamentaria.
9º - Derecho de negación al tratamiento, excepto en los casos señalados en el punto 6º, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria, en los términos que se señalan en la propia Ley.
10º - Derecho a participar a través de las instituciones comunitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen.
11º - Derecho a que quede constancia por escrito de todo su proceso al finalizar su estancia en una institución hospitalaria. El paciente, el familiar o una persona acreditada podrán recibir el informe del alta.
12º - Derecho a utilizar las vías de reclamación y de sugerencias en los plazos que reglamentariamente se establecen.
13º - Derecho a elegir médico y demás sanitarios titulados, de acuerdo con las condiciones contempladas por esta Ley en las disposiciones que dicten para su desarrollo y en las que se regule el trabajo sanitario en los centros de salud.
14º - Derecho a obtener medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer la salud; en los términos que, reglamentariamente, se establezcan para la administración del Estado.

Respetando el peculiar régimen económico de cada servicio sanitario, los derechos contemplados en los puntos 1º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 9º y 11º de este artículo serán aplicados también con respecto a los centros de servicio privado.

2 comentarios:

  1. Lamentablemente y muy a mi pesar entiendo que vivimos en un país bastante desarrollado en Normas y Leyes, pero demasiado a menudo se quedan en la tesis y no se ejecutan, con lo cual en la praxis, queda mucho camino por andar respecto a la obligación de defender, en este caso los derechos de administrados y pacientes

    Vagabundo

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  2. Me gusto mucho esta entrada, nunca pensé que pudiéramos tener tantos derechos sobre la sanidad pública. Seguid así

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